REGLAMENTO GENERAL
Con el objeto de promover los valores a
través del deporte , brindando posibilidades e inclusión a jóvenes
deportistas que se encuentran realizando
practicas en carácter de libre o entusiasta, en las diferentes canchas,
potreros, espacios verdes de barrios y villas de la provincia de Salta
Se
organiza el Campeonato de Futbol Barrial, destinados a los nucleos vecinales
existentes en la Capital de Salta, Masculino y Femenino.
Reglamento General
Art. 1°.-
La Secretaría de Deportes de la
Provincia, organiza el CAMPEONATO PROVINCIAL FUTBOL DE LOS BARRIOS, competencia
destinada a promover los valores deportivos y a lograr la integración barrial
deportiva, de la ciudad de salta.
I.- DE LOS PARTICIPANTES
Art. 2° .-
Podrán participar en este Campeonato equipos de futbol que representen a un
barrio, villa , reconocidos por la Municipalidad de la Ciudad de Salta,y
municipios del interior, que cuenten con catastro delimitando la posición geográfica
que ocupa en el ejido municipal, vecinales, quienes estarán sujetos a las
disposiciones de este reglamento y no podrán alegar desconocimiento del mismo
para justificar eventuales errores u omisiones en su participación.
Art.
3°.- Los equipos estarán integrados por un
máximo de 18 jugadores, ingresando al campo de juego únicamente 16 jugadores. Etapa eliminatoria zonal
masculino y femenino
Art. 4°.-
Los jugadores deberán ser:
Mayores de 16 años,(categ. 98) .en adelante. VARONES.
Mayores de 15 años (Categ 99) en adelante
FEMENINO
Art. 5º.- Los integrantes de los equipos,
deberán ser residentes genuinos del barrio o villa al que representen, siendo el único documento
valido para constatar domicilio el DNI, emitido por el Registro Nacional de la
Personas.
Art.6º.- Los jugadores deberán estar
registrados perfectamente en la lista de Buena Fe, los equipos clasificados
llevaran obligatoriamente el nombre del barrio al cual representan.
II.- DE LOS DELEGADOS
Art.
7°.- En representación de cada equipo
actuará un delegado mayor de 18 años, . El delegado asumirá la total
responsabilidad en lo que se refiere a la participación del equipo en el
torneo.
Art.8°.-
Debe conocer el reglamento, respetarlo y hacerlo respetar; llevar toda la documentación
que fuera necesaria para la competencia de su equipo (documentos de identidad,
horarios y lugar de juego, tablas de puntuación, etc.) y mantener
constantemente informados a sus representados. Participar de las reuniones y
toda otra situación que se produzca durante la participación del equipo en el
campeonato.
Art. 9°.- Los Delegados y/o Directores
Técnicos no podrán tener más de un
equipo a cargo.
Art. 10°.-
Los apoderados responsables del equipo tienen la obligación de poner en conocimiento de los aspectos reglamentarios del Campeonato
a sus dirigidos y simpatizantes en general, advirtiendo que serán responsables
de violaciones a las reglas del mismo, pudiendo hacer recaer las consecuencias
de su inconducta sobre los equipos a los que alientan.
Art. 11°.-
El ámbito natural de actuación de los delegados además de la cancha, son las
reuniones de Comisiones Zonales, por lo que tiene la obligación de concurrir a
las mismas y notificarse de lo que en ellas se trate, de no hacerlo no podrá alegar
desconocimiento de lo tratado.
III.- DE LAS
INSCRIPCIONES
Art.
12°.- La inscripción de los equipos se
registrará mediante la Lista de Buena Fe, La que a su vez, tendrá el carácter
de Declaración Jurada, es decir, que los datos consignados en ella,
serán veraces y exactos, notificándose que cualquier falsedad, ocultamiento u
omisión, dará motivo a la aplicación de las sanciones que según la naturaleza
de la trasgresión se correspondan con las establecidas en el reglamento.
a)
Se establecerá
5 días de periodos de tachas con lista en transparente, a fin de que los
equipos participantes puedan objetar el domicilio real de los jugadores de los
equipos que integran la lista de buena fe . Terminado este periodo no se podrá
realizar ningún tipo de objeción sobre el domicilio de residencia de un
jugador-
Art. 13°.-
a) Deben
contar con el apto físico, para poder participar.
b) Presentación
completa de datos ficha medica
Art.
14°.- Las Listas de Buena Fe deben ser
confeccionadas por triplicado, cuyo original se archivará en la Secretaría de
Deportes, una copia quedará a disposición de los controles al momento del
partido, mientras que la tercera copia será para el delegado del equipo. Acompañada
por el D.N.I. original y una fotocopia de cada integrante del equipo.
Art.
15°.- Los datos consignados en la Lista de
Buena Fe no pueden ser testados o sobrescritos.
Art.
16°.- Una vez presentadas las Listas de
Buena Fe, cuya certificación de presentación será efectuada por autoridades de
la Secretaría de Deportes, no podrá ser modificada por ninguna causa, ni mucho
menos reemplazar jugadores.
Art.
17°.- Los jugadores podrán
inscribirse solamente en un (1)
equipo. Por lo que no podrá anteponerse desconocimiento sobre la presente
disposición.
-En la etapa municipal se
permitirá 3(tres)jugadores en calidad de refuerzo. Los mismos deberán
pertenecer a equipos del mismo barrio y
haber participado en la zona clasificación.
IV.- DE LA COMPETENCIA
Art.
18°.-
Los encuentros serán regidos por las reglas oficiales de la F.I.F.A.
Art.
19º.- Se establecen las siguientes modificaciones:
·
Tiempo de
juego: Dos tiempos de 30 minutos
cada uno. con un descanso de 10” en
tiempo intermedio en varones.
·
Dos tiempo de 20 cada uno, con 10” de descanso en femenino.
Tolerancia: El primer partido programado para la
fecha, tendrá una tolerancia de 15 minutos, no así los restantes. Ej. 1°
partido Hs. 21,00–tolerancia de 15 minutos, puede comenzar a Hs. 21,15; los
demás partidos empezarán a la hora señalada en la programación: el 2° a las 22,15 Hs., no tiene tolerancia.
Sustituciones: 3 (tres ) cambios por equipos.
Art. 20°.-
Los jugadores tienen la obligación de
utilizar camisetas numeradas. No
se admitirán botines con tapones de aluminio. La pelota a utilizarse será la N°
5. Reglamentaria y cada equipo deberá presentar una en cada encuentro.
En la zona municipal deberán utilizar obligatoriamente
las camisetas entregadas por la organización del torneo Y ASISTIR EN FORMA
OBLIGATORIA AL ACTO INAUGURAL DEL TORNEO, no permitiéndose sponsor en las
mismas.
Art. 21°.-
El sistema de disputa del Torneo en la etapa zonal, será determinado
conforme a la cantidad de equipos
inscriptos, pudiendo en cada zona establecer el sistema que considere más
conveniente.
En la etapa municipal, es decir una vez que surjan los 32 finalistas, se
implementara el fixture copa del mundo F.I.F.A.
Definición , a partir de 8º de
final luego de concluido el tiempo reglamentario en caso de empate , no
se jugara tiempo suplementario, se procederá a ejecutar tiro penales.
V.- DE LA DOCUMENTACIÓN
Art. 22 °.-
Será obligatoria y sin excepción la presentación de alguna de la siguiente
documentación personal de los jugadores:
a)
Documento Nacional de Identidad.
(D.N.I.) Actualizado
Art.
23°.- Esta documentación será exigida
previa a la iniciación del encuentro, por la mesa de control para la firma de
las planillas de juego.
No podrán jugar quienes no presenten la
documentación oficial, no estando la mesa de control autorizada a admitir a
ninguno que no cumpla con esta obligación. En caso de transgresión a este
precepto, los equipos serán pasibles de aplicación de la sanción que
correspondiere.
Art. 24°.-
La adulteración de un Documento de Identidad puede dar lugar a la realización
por parte de los organizadores de la
denuncia penal que
corresponda. Los Delegados
deben tener en
cuenta que la adulteración de Documentación y/o
identidad de una persona (jugador) constituye un delito federal con graves
consecuencias para sus autores y/o cómplices.
VI.- DE LAS COMISIONES ZONALES
Art.
25°.- Para una mejor organización se divide
al Torneo en Zonas, lo que hace necesaria la formación de Comisiones Zonales,
que estarán integradas por los mismos delegados de los equipos participantes en
ella, o la que considere la Secretaria de Deportes.
Art.
26°.- La
Secretaria de Deportes determinarán el sistema de disputa del Torneo,
como también designara supervisores que acompañen el desarrollo de la
eliminación, informando todo lo sucedido a la secretaria mencionada.
Art.
27°.- Consideraciones de legalidad y
razonabilidad, facultarán a la Secretaría de Deportes a ejecutar por si misma el Campeonato de
Futbol de los Barrios.
VII.- DE LA
COMISION DE DISCIPLINA
Art. 28°.-
Durante el desarrollo del torneo el
Tribunal de Disciplina atenderá todas las situaciones que deban ser
juzgadas por violaciones a las leyes de juego de este Reglamento.
Art.
29°.- El Tribunal de Disciplina estará
integrado por 5 (cinco) miembros, designado por la Secretaria de Deportes,
debiendo tener conocimientos técnicos sobre el Reglamento y los procedimientos
para su aplicación eficaz. Pero, en caso de que se trate del análisis de una
cuestión en la que alguno de sus miembros sea parte interesada, éste deberá
abstenerse de efectuar pronunciamiento alguno sobre el particular.
Art.
30°.- El Tribunal de Disciplina no podrá
apartarse de las normas del Reglamento General, debiendo todas sus resoluciones
ser notificadas por escrito a los involucrados en ellas.
VIII.-
DE LAS SANCIONES
Art. 31º.- El
juzgamiento de un hecho punible se
inicia como consecuencia del informe del
árbitro y/o comisionado técnico , además de los que deben proporcionar los
miembros de la Secretaría de Deportes y de los Tribunales Disciplinarios que se
hallaren presentes en el hecho, como el
de los veedores designados por ellos.
Art. 32º.- El jugador que sea
expulsado de la cancha con "tarjeta roja" sufrirá la suspensión
provisoria de un partido, la que queda impuesta automáticamente sin necesidad
de pronunciación alguna. La sanción definitiva será resuelta a posteriori y
constará en la ficha del jugador.
Art. 33º.- Los organizadores
podrán sancionar a un jugador, equipo,
delegado, técnico o espectador sorprendido en falta, aún cuando no mediare
denuncia o tarjeta roja previa, pero que hubiese sido presenciada o verificada
por alguno de sus miembros.
Art. 34º.- Serán consideradas faltas graves con sanción de
suspensión de 1 (una) fecha a 8 (ocho) fechas y/o eliminación del torneo al
jugador, en los casos que mediare insulto y/o agresión al árbitro, lineman o
público; o realizar gestos obscenos lesivos a la moral y a las buenas
costumbres, como así también cualquier tipo de agresión a
jugadores, controles, planilleros, etc.
Art. 35º.- a) El equipo que incluyera indebidamente a un
jugador, (jugador con documento adulterado, falseamiento de identidad del
jugador) perderá el partido y el equipo quedara automáticamente eliminado del
torneo, otorgándose los puntos al ocasional rival.
Por ello se requiere que los delegados y adultos
representantes de los equipos estén plenamente conscientes de esta disposición
que hará recaer todas las consecuencias de su inconducta en el equipo al que
representan.-
Art. 36°.- La personas autorizadas a estar presente
durante el encuentro en el campo de juego deben estar inscriptas en la Lista de
Buena Fe .(D.T,Preparador Físico y Masajista)
Art. 37°.- El jugador que se haya
inscripto en dos o mas equipos del torneo de futbol de los barrios culminara su
participación en la presente edición.
En este caso en particular y únicamente por tratarse
de esta transgresión, será facultad del Tribunal de Disciplina de la Secretaría
de Deportes, analizar todos los aspectos
de la misma a fin de determinar
en qué equipo pudo haber estado mal incluido el jugador en cuestión, pudiendo
en ese caso la organización fijar la pérdida de puntos del partido protestado, para el que haya
incluido indebidamente el jugador.
Art. 38º.- a) Las agresiones verbales a organizadores,
árbitros, comisarios deportivos, jugadores e hinchada adversaria por parte de
delegados, técnicos, o simpatizantes serán sancionadas con amonestación para el
equipo.
Los desmanes ocurridos
en los partidos , por jugadores y/o simpatizantes
detectados los responsables, el equipo infractor quedara eliminado del torneo.
Art. 39°.- Las agresiones físicas a
organizadores, árbitros, comisarios deportivos, jugadores e hinchada por parte de jugadores, delegados, técnicos, o
simpatizantes detectados ,serán pasibles de la aplicación de la siguiente
sanción disciplinaria: de 1 a 5 años de suspensión a las siguientes ediciones
del torneo.
Art. 40º.- El delegado y/o Director Técnico que acepte o
imponga el retiro de la cancha de su equipo,
sufrirá la pena de suspensión por
el término de 6 meses a 2 años.
Art.
41º.- Los fallos emitidos por el Tribunal
de Disciplina de la Secretaría de
Deportes durante el desarrollo del torneo serán inapelables e inobjetables.
IX.- DE LAS PROTESTAS
a) La
protesta deberá presentarse durante el
transcurso del partido y los 15 minutos posteriores concluido el mismo. En caso
de que el sistema de juego sea el de eliminación directa, la protesta sólo podrá
ser hecha durante el partido.
b) La
protesta debe presentarse por escrito y estar firmada por el delegado del
equipo.
c) Debe
contener la narración de los hechos ocurridos.
d) Debe
explicar el derecho en el que se funda y las pruebas que tiene sobre la
supuesta violación.
e) La
petición desarrollada en términos precisos.
X.- DE FORMA
Art. 42 º.-
Toda situación no prevista en este Reglamento será resuelta conforme a
criterios de legalidad y razonabilidad por la organización.-
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