Reglamento

REGLAMENTO GENERAL

 Con el objeto de promover los valores a través del deporte  ,  brindando posibilidades e inclusión a jóvenes deportistas que se encuentran  realizando practicas en carácter de libre o entusiasta, en las diferentes canchas, potreros, espacios verdes de barrios y villas de la provincia de Salta

Se organiza el Campeonato de Futbol Barrial, destinados a los nucleos vecinales existentes en la Capital de Salta, Masculino y Femenino.

Reglamento General

Art. 1°.- La Secretaría de Deportes  de la Provincia, organiza el CAMPEONATO PROVINCIAL FUTBOL DE LOS BARRIOS, competencia destinada a promover los valores deportivos y a lograr la integración barrial deportiva, de la ciudad de salta.

I.- DE LOS PARTICIPANTES


Art. 2° .- Podrán participar en este Campeonato equipos de futbol que representen a un barrio, villa , reconocidos por la Municipalidad de la Ciudad de Salta,y municipios del interior, que cuenten con catastro delimitando la posición geográfica que ocupa en el ejido municipal, vecinales, quienes estarán sujetos a las disposiciones de este reglamento y no podrán alegar desconocimiento del mismo para justificar eventuales errores u omisiones en su participación.

Art. 3°.- Los equipos estarán integrados por un máximo de 18 jugadores, ingresando al campo de juego únicamente 16 jugadores.                Etapa eliminatoria zonal masculino y femenino
                 
Art. 4°.- Los jugadores deberán ser:
 Mayores de 16 años,(categ. 98) .en adelante. VARONES.
 Mayores de 15 años (Categ 99)  en adelante  FEMENINO
              

Art. 5º.- Los integrantes de los equipos, deberán ser residentes genuinos del barrio o villa  al que representen, siendo el único documento valido para constatar domicilio el DNI,  emitido por el Registro Nacional de la Personas.

Art.6º.- Los jugadores deberán estar registrados perfectamente en la lista de Buena Fe, los equipos clasificados llevaran obligatoriamente el nombre del barrio al cual representan.

II.- DE LOS DELEGADOS


Art. 7°.- En representación de cada equipo actuará un delegado mayor de 18 años, . El delegado asumirá la total responsabilidad en lo que se refiere a la participación del equipo en el torneo.

Art.8°.- Debe conocer el reglamento, respetarlo y hacerlo respetar; llevar toda la documentación que fuera necesaria para la competencia de su equipo (documentos de identidad, horarios y lugar de juego, tablas de puntuación, etc.) y mantener constantemente informados a sus representados. Participar de las reuniones y toda otra situación que se produzca durante la participación del equipo en el campeonato.

Art. 9°.- Los Delegados y/o Directores Técnicos no podrán tener  más de un equipo a cargo.

Art. 10°.- Los apoderados responsables del equipo tienen la obligación de  poner en conocimiento  de los aspectos reglamentarios del Campeonato a sus dirigidos y simpatizantes en general, advirtiendo que serán responsables de violaciones a las reglas del mismo, pudiendo hacer recaer las consecuencias de su inconducta sobre los equipos a los que alientan.

Art. 11°.- El ámbito natural de actuación de los delegados además de la cancha, son las reuniones de Comisiones Zonales, por lo que tiene la obligación de concurrir a las mismas y notificarse de lo que en ellas se  trate, de no hacerlo no podrá alegar desconocimiento de lo tratado.

III.- DE LAS INSCRIPCIONES


Art. 12°.- La inscripción de los equipos se registrará mediante la Lista de Buena Fe,  La que a su vez, tendrá el carácter de Declaración Jurada, es decir, que los datos consignados en ella, serán veraces y exactos, notificándose que cualquier falsedad, ocultamiento u omisión, dará motivo a la aplicación de las sanciones que según la naturaleza de la trasgresión se correspondan con las establecidas en el reglamento.     
                           
a)       Se establecerá 5 días de periodos de tachas con lista en transparente, a fin de que los equipos participantes puedan objetar el domicilio real de los jugadores de los equipos que integran la lista de buena fe . Terminado este periodo no se podrá realizar ningún tipo de objeción sobre el domicilio de residencia de un jugador-
Art. 13°.-
a)       Deben contar con el apto físico, para poder participar.
b)       Presentación completa de datos ficha medica
               
Art. 14°.- Las Listas de Buena Fe deben ser confeccionadas por triplicado, cuyo original se archivará en la Secretaría de Deportes, una copia quedará a disposición de los controles al momento del partido, mientras que la tercera copia será para el delegado del equipo. Acompañada por el D.N.I. original y una fotocopia de cada integrante del equipo.

Art. 15°.- Los datos consignados en la Lista de Buena Fe no pueden ser testados o sobrescritos.

Art. 16°.- Una vez presentadas las Listas de Buena Fe, cuya certificación de presentación será efectuada por autoridades de la Secretaría de Deportes, no podrá ser modificada por ninguna causa, ni mucho menos reemplazar jugadores.


Art. 17°.- Los jugadores podrán  inscribirse  solamente en un (1) equipo. Por lo que no podrá anteponerse desconocimiento sobre la presente disposición.
-En la etapa municipal se permitirá 3(tres)jugadores en calidad de refuerzo. Los mismos deberán pertenecer a equipos del  mismo barrio y haber participado en la zona clasificación.

IV.- DE LA COMPETENCIA


Art. 18°.-  Los encuentros serán regidos por las reglas oficiales de la F.I.F.A.

Art. 19º.- Se establecen  las siguientes modificaciones:

·         Tiempo de juego: Dos tiempos de 30 minutos cada uno. con un descanso de 10”  en tiempo intermedio en varones.
·         Dos tiempo de 20 cada uno, con 10” de descanso en femenino.
       Tolerancia: El primer partido programado para la fecha, tendrá una tolerancia de 15 minutos, no así los restantes. Ej. 1° partido Hs. 21,00–tolerancia de 15 minutos, puede comenzar a Hs. 21,15; los demás partidos empezarán a la hora señalada en la programación: el 2°  a las 22,15 Hs., no tiene tolerancia.
       Sustituciones: 3 (tres ) cambios por equipos.


Art. 20°.- Los jugadores tienen la obligación de  utilizar  camisetas numeradas. No se admitirán botines con tapones de aluminio. La pelota a utilizarse será la N° 5. Reglamentaria y cada equipo deberá presentar una en cada encuentro.
En la zona  municipal deberán utilizar obligatoriamente las camisetas entregadas por la organización del torneo Y ASISTIR EN FORMA OBLIGATORIA AL ACTO INAUGURAL DEL TORNEO, no permitiéndose sponsor en las mismas.


Art. 21°.- El sistema de disputa del Torneo en la etapa zonal, será determinado conforme  a la cantidad de equipos inscriptos, pudiendo en cada zona establecer el sistema que considere más conveniente.
                  En la etapa municipal, es decir una vez que surjan los 32 finalistas, se implementara el fixture copa del mundo F.I.F.A.
                Definición , a partir de 8º de final luego de concluido el tiempo reglamentario en caso de  empate , no se jugara tiempo suplementario, se procederá a ejecutar tiro penales.
               

V.- DE LA DOCUMENTACIÓN

 

Art. 22 °.- Será obligatoria y sin excepción la presentación de alguna de la siguiente documentación personal de los jugadores:
a)       Documento Nacional de Identidad. (D.N.I.) Actualizado

Art. 23°.- Esta documentación será exigida previa a la iniciación del encuentro, por la mesa de control para la firma de las planillas de juego.
                   No podrán jugar quienes no presenten la documentación oficial, no estando la mesa de control autorizada a admitir a ninguno que no cumpla con esta obligación. En caso de transgresión a este precepto, los equipos serán pasibles de aplicación de la sanción que correspondiere.

Art. 24°.- La adulteración de un Documento de Identidad puede dar lugar a la realización por parte de los organizadores  de  la  denuncia  penal  que  corresponda.  Los  Delegados   deben   tener   en  cuenta  que  la adulteración de Documentación y/o identidad de una persona (jugador) constituye un delito federal con graves consecuencias para sus autores y/o cómplices.

VI.- DE LAS COMISIONES ZONALES


Art. 25°.- Para una mejor organización se divide al Torneo en Zonas, lo que hace necesaria la formación de Comisiones Zonales, que estarán integradas por los mismos delegados de los equipos participantes en ella, o la que considere la Secretaria de Deportes.

Art. 26°.- La Secretaria de Deportes  determinarán el sistema de disputa del Torneo, como también designara supervisores que acompañen el desarrollo de la eliminación, informando todo lo sucedido a la secretaria mencionada.


Art. 27°.- Consideraciones de legalidad y razonabilidad, facultarán a la Secretaría de Deportes  a ejecutar por si misma el Campeonato de Futbol de los Barrios.

VII.- DE LA COMISION DE DISCIPLINA


Art. 28°.- Durante el desarrollo del torneo el  Tribunal de Disciplina atenderá todas las situaciones que deban ser juzgadas por violaciones a las leyes de juego de este Reglamento.

Art. 29°.- El Tribunal de Disciplina estará integrado por 5 (cinco) miembros, designado por la Secretaria de Deportes, debiendo tener conocimientos técnicos sobre el Reglamento y los procedimientos para su aplicación eficaz. Pero, en caso de que se trate del análisis de una cuestión en la que alguno de sus miembros sea parte interesada, éste deberá abstenerse de efectuar pronunciamiento alguno sobre el particular.

Art. 30°.- El Tribunal de Disciplina no podrá apartarse de las normas del Reglamento General, debiendo todas sus resoluciones ser notificadas por escrito a los involucrados en ellas.



VIII.- DE LAS SANCIONES

Art. 31º.-  El juzgamiento de un hecho punible  se inicia como consecuencia  del informe del árbitro y/o comisionado técnico , además de los que deben proporcionar los miembros de la Secretaría de Deportes y de los Tribunales Disciplinarios que se hallaren presentes  en el hecho, como el de los veedores designados por ellos.

Art. 32º.- El jugador que sea expulsado de la cancha con "tarjeta roja" sufrirá la suspensión provisoria de un partido, la que queda impuesta automáticamente sin necesidad de pronunciación alguna. La sanción definitiva será resuelta a posteriori y constará en la ficha del jugador.

Art. 33º.- Los organizadores podrán sancionar a un jugador,  equipo, delegado, técnico o espectador sorprendido en falta, aún cuando no mediare denuncia o tarjeta roja previa, pero que hubiese sido presenciada o verificada por alguno de sus miembros.

Art. 34º.- Serán  consideradas faltas graves con sanción de suspensión de 1 (una) fecha a 8 (ocho) fechas y/o eliminación del torneo al jugador, en los casos que mediare insulto y/o agresión al árbitro, lineman o público; o realizar gestos obscenos lesivos a la moral y a las buenas costumbres, como así también cualquier tipo de agresión  a  jugadores, controles, planilleros, etc.

Art. 35º.- a)   El equipo que incluyera indebidamente a un jugador, (jugador con documento adulterado, falseamiento de identidad del jugador) perderá el partido y el equipo quedara automáticamente eliminado del torneo, otorgándose los puntos al ocasional rival.
                           

                       Por ello se requiere que los delegados y adultos representantes de los equipos estén plenamente conscientes de esta disposición que hará recaer todas las consecuencias de su inconducta en el equipo al que representan.-

Art. 36°.-   La personas autorizadas a estar presente durante el encuentro en el campo de juego deben estar inscriptas en la Lista de Buena Fe .(D.T,Preparador Físico y Masajista)


Art. 37°.- El jugador que se haya inscripto en dos o mas equipos del torneo de futbol de los barrios culminara su participación en la presente edición.
En este caso en particular y únicamente por tratarse de esta transgresión, será facultad del Tribunal de Disciplina de la Secretaría de Deportes, analizar  todos los  aspectos   de  la misma a fin de determinar en qué equipo pudo haber estado mal incluido el jugador en cuestión, pudiendo en ese caso la organización fijar la pérdida de puntos  del partido protestado, para el que haya incluido indebidamente el jugador.

Art. 38º.- a)  Las agresiones verbales a organizadores, árbitros, comisarios deportivos, jugadores e hinchada adversaria por parte de delegados, técnicos, o simpatizantes serán sancionadas con amonestación para el equipo.
Los desmanes ocurridos en los partidos  , por jugadores y/o simpatizantes detectados los responsables, el equipo infractor quedara eliminado del torneo.
                 

Art. 39°.- Las agresiones físicas a organizadores, árbitros, comisarios deportivos, jugadores e hinchada  por parte de jugadores, delegados, técnicos, o simpatizantes detectados ,serán pasibles de la aplicación de la siguiente sanción disciplinaria: de 1 a 5 años de suspensión a las siguientes ediciones del torneo.

Art.  40º.-  El delegado y/o Director Técnico que acepte o imponga el retiro de la cancha de su equipo,  sufrirá la pena de suspensión  por el término de 6 meses a 2 años.

Art. 41º.- Los fallos emitidos por el Tribunal de Disciplina de la  Secretaría de Deportes durante el desarrollo del torneo serán inapelables e inobjetables.

IX.- DE LAS PROTESTAS



a)    La protesta deberá presentarse  durante el transcurso del partido y los 15 minutos posteriores concluido el mismo. En caso de que el sistema de juego sea el de eliminación directa, la protesta sólo podrá ser hecha durante el partido.
b)    La protesta debe presentarse por escrito y estar firmada por el delegado del equipo.
c)     Debe contener la narración de los hechos ocurridos.
d)    Debe explicar el derecho en el que se funda y las pruebas que tiene sobre la supuesta violación.
e)    La petición desarrollada en términos precisos.

X.- DE FORMA


Art. 42 º.- Toda situación no prevista en este Reglamento será resuelta conforme a criterios de legalidad y razonabilidad por la organización.-


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